CONCEPTO DE TELETRABAJO SEGÚN LA OIT:
La Organización Internacional de Trabajo -OIT- define teletrabajo como: "Una forma de trabajo en la cual:
a. El mismo se realiza en una ubicación alejada de una oficina central o instalaciones de producción, separando así al trabajador del contacto personal con colegas de trabajo que estén en esa oficina.
b. La nueva tecnología hace posible esta separación facilitando la comunicación".
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, adopta, el día diez de mayo de 1944, la Declaración de los fines y objetivos de la Organización Internacional del Trabajo y de los principios que debieran inspirar la política de sus Miembros.
Se afirman los principios fundamentales sobre los cuales está basada la Organización y, en especial, los siguientes:
a. El trabajo no es una mercancía.
b. La libertad de expresión y de asociación es esencial para el progreso constante.
c. La pobreza, en cualquier lugar, constituye un peligro para la prosperidad de todos.
d. La lucha contra la necesidad debe proseguirse con incesante energía dentro de cada nación y mediante un esfuerzo internacional continuo y concertado.
2. PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN LABORAL Y TELETRABAJO. ¿TRABAJO A DISTANCIA Y TELETRABAJO ES LO MISMO?
PRINCIPIO DE SUBORDINACION LABORAL:
La subordinación, es un elemento primordial en una relación laboral, tanto que la sola existencia de esta circunstancia, puede ser suficiente para demostrar una relación laboral.
La subordinación, es la facultar que tiene un patrono, empleador o contratante, de dar órdenes a sus empleados, de disponer de su capacidad y fuerza de trabajo según sus instrucciones, necesidades y conveniencias. Una de las circunstancias, o uno de los hechos más comunes de subordinación, es la obligación de cumplir un horario. Donde un trabajador debe cumplir un horario, donde debe pedir permiso para salir del trabajo o para falta a él, estamos frente a una subordinación.
Mientras que el teletrabajo es una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) y por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del teletrabajador en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores.
3. TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (LEY SERVIR) ¿UN SUEÑO?
La Ley del Servicio Civil ley N°30057 aprobada por el Congreso de la República el día 02 de julio es una de las reformas más ambiciosas y esperadas de los últimos 20 años porque actualmente los sueldos están congelados y las carreras estancadas.
La reforma del servicio civil es clave para lograr un mejor servicio público al: Introducir la Meritocracia para elevar la calidad de los servicios que el Estado brinda a los ciudadanos. Mejorar los ingresos de la mayoría de los servidores públicos e incentivar su crecimiento personal y profesional en la administración pública.
Actualmente quiénes se benefician existen tres regímenes laborales en el Estado: el privado, constituido por los trabajadores administrativos, de empresas del Estado y de entidades; el público, que son los que trabajan en los ministerios y los de regímenes especiales como militares, policías, maestros, médicos, y en tercer lugar los que se encuentran con Contrato Administrativo de Servicios (CAS) que eran los que trabajaban por medio de recibos por honorarios.
Se tiene como objetivo el unificarlos y así poner orden dentro del aparato institucional. Es decir que todos estarían bajo un único régimen que será el público.
http://www.mintra.gob.pe/normaCompletaSNIL.php?id=4255
http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:62:0::NO:62:P62_LIST_ENTRIE_ID:2453907:NO
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/viewFile/2954/2857
http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/DD7DF93E4B76742105257EF4000325BA/$FILE/30036.pdf
https://noticiasyorden.lamula.pe/2017/01/30/conoces-la-ley-servir-y-para-quienes-se-aplica/dimasjack/
http://puntoedu.pucp.edu.pe/noticias/ley-servicio-civil-quienes-benefician-quienes-no/


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